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Consigue las subvenciones gratuitas para la digitalización 2023 de hasta 12.000 €

¿Qué es el Kit Digital?

Es un programa público del gobierno de España que pretende subvencionar las mejoras e implantaciones de herramientas y servicios digitales disponibles en el mercado para modernizar tu empresa.

Mediante ayudas económicas financiado por los fondos Next Generation EU dirigido a autónomos y pymes de España se quiere contribuir a la adopción de soluciones tecnológicas para su digitalización.

Cómo solicitar tu bono Kit Digital

Regístrate en EN ACELERAPYME Y y completa el test de diagnóstico digital.
Accede a los trámites para solicitar tu bono Kit Digital (Las solicitudes se podrán presentar a partir del 15 de Marzo).

¿Quieres aumentar tu visibilidad en Internet?

¿Quieres automatizar procesos y ser más eficiente?

Desde Type Tecnologies te ayudamos a lograrlo!

PROGRAMA KIT DIGITAL COFINANCIADO POR LOS FONDOS NEXT GENERATION (EU) DEL MECANISMO DE RECUPERACIÓN Y RESILIENCIA

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¿Qué empresas podrán beneficiarse del Kit Digital?

Podrán ser beneficiarias de estas ayudas las pequeñas empresas, microempresas y personas en situación de autoempleo cuyo domicilio fiscal esté ubicado en territorio español.

Según el número de empleados y la categoría de la empresa, las compañías beneficiarias se clasifican en:

Segmento I
2.000€

Empresas de entre 1 y menos de 3 empleados y autónomos

Segmento II
6.000€

Empresas de entre 3 y menos de 10 empleados

Segmento III
12.000€

Empresas de entre 10 y menos de 50 empleados

El objetivo principal es que las pequeñas y medianas empresas compren servicios que existan en el mercado para mejorar la ciberseguridad o para desarrollar una página web, entre otras finalidades.

Las empresas tienen que inscribirse en el portal  Acelera Pyme y podrán contratar los servicios a partir de febrero de 2023.


¿Qué requisitos tienen que cumplir las empresas para beneficiarse del Kit Digital?

Para ser beneficiarias del bono Kit Digital las empresas tienen que cumplir los siguientes requisitos:

Tener la consideración de pequeña empresa o microempresa.

Estar inscrita en el Censo de empresarios, profesionales y retenedores de la Agencia Estatal de Administración Tributaria o en el censo equivalente de la Administración Tributaria Foral, que debe reflejar la actividad económica efectivamente desarrollada a la fecha de solicitud de la ayuda, y tener la antigüedad mínima que se establezca en las convocatorias.

No tener la consideración de empresa en crisis.

Estar al corriente de las obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social.

No estar sujeto a una orden de recuperación pendiente tras una decisión previa de la Comisión Europea que haya declarado una ayuda ilegal e incompatible con el mercado común.

La compañía no puede estar incursa en ninguna otra de las prohibiciones previstas en el artículo 13.2 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.

No superar el límite de ayudas de minimis.

Disponer de la evaluación del Nivel de Madurez Digital, de acuerdo con el test de diagnóstico disponible en la plataforma Acelera pyme.